A ciencia cierta | Ley General de Biodiversidad

Por: Redacción

Autlán de Navarro, Jalisco. 13 de abril de 2018. (Letra Fría). –  El 26 de octubre de 2016 la senadora Ninfa Salinas Sada (Partido Verde), presentó la iniciativa para expedir la Ley General de Biodiversidad ante la Cámara de Senadores de LXIII Legislatura del Senado de la República. Esta iniciativa busca reformar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y abrogar (suspender) la Ley General de Vida Silvestre.

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De acuerdo con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA)1, la justificación de este proyecto de ley se basa en los siguientes argumentos:

  1. Incorporar el Protocolo de Nagoya a la legislación mexicana.
  2. Integrar las disposiciones de biodiversidad en un solo ordenamiento que tenga disposiciones transversales y señale la concurrencia entre los tres niveles de gobierno.
  3. Fortalecer y actualizar las disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).
  4. Conservar la biodiversidad de México.

Según el mismo organismo, el objetivo de este proyecto de ley, es “dar cumplimiento a varios derechos humanos reconocidos en el texto constitucional, entre ellos los derechos de pueblos y comunidades indígenas respecto al uso y manejo de recursos naturales, el derecho al medio ambiente sano, el derecho a la información, el derecho a la participación y el derecho de acceso a la justicia; siendo la conservación, el uso y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad, una forma para llegar a este fin.

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Sin embargo, varias organizaciones ambientalistas y de derechos humanos se han expresado en contra de este proyecto de ley, ya que prioriza un enfoque utilitario y economicista de la naturaleza, sin tomar en cuenta los derechos de los pueblos que habitan las áreas con mayor riqueza de especies en nuestro país. De hecho existen varias peticiones en la plataforma en línea Change para pedir que se deseche o se modifique la propuesta de Ley General de Biodiversidad.

Destaca la petición lanzada por más de setenta Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en la que se solicita a la Cámara de Diputados que se abra un “debate en el que se tome en cuenta a los pueblos y comunidades que serían afectados por la aprobación de esta ley”, de tal forma que la propuesta sea rediscutida y modificada, para que realmente cumpla la función de promover la conservación de los recursos naturales y la protección de los derechos de los pueblos originarios (https://www.change.org/p/congreso-de-la-uni%C3%B3n-no-a-la-vulneraci%C3%B3n-de-las-%C3%A1reas-naturales-protegidas-por-la-ley-general-de-biodiversidad).

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Por otro lado, la Red Temática del Patrimonio Biocultural del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), que agrupa a más de 170 académicos de 38 universidades, destaca que esta iniciativa violaría los derechos humanos de los pueblos indígenas y las comunidades. Esta Red destaca una serie de objeciones2 a la Ley General de Biodiversidad que se enlistan a continuación:

  • Afectará vastos sectores de la sociedad rural y en específico a los pueblos indígenas y comunidades equiparables.
  • Omite derechos humanos de los pueblos indígenas y en general de los ciudadanos enunciados en el artículo primero y segundo constitucionales, así como en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  • Adolece de definiciones centrales como la de sustentabilidad y da lugar a graves confusiones en términos de derechos.
  • Es omisa respecto a quién es propietario de la biodiversidad.
  • Reconoce en diversos artículos a propietarios y legítimos poseedores de las tierras donde se encuentra la biodiversidad, por lo que sociedades mercantiles pueden acaparar miles de hectáreas de zonas de alta biodiversidad. Excluye a los pueblos y comunidades indígenas como ocupantes de sus territorios y es precisamente en estos territorios donde se encuentra gran parte de la riqueza biológica de México.
  • No aparece ninguna protección de los sistemas indígenas agrícolas, forestales y agroforestales, como tampoco la riqueza genética de la agrodiversidad que son partes constitutivas de las llamadas demarcaciones geográficas bioculturales.
  • Omite establecer un sistema de protección al conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos y naturales.

Dado su enfoque utilitario y economicista, se considera que esta iniciativa de ley da manga ancha a actividades extractivas como la minería y el fracking (fracturación hidráulica del subsuelo para la extracción de gas y petróleo) (Figura 1), aún en las Áreas Naturales Protegidas (ANP), que son parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) y en las que se presentan condiciones relevantes para el país en términos ecológicos (servicios ambientales como la provisión de agua) y de biodiversidad (riqueza de especies o presencia de especies que se encuentran en algún estado de conservación o de amenaza).

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Figura 1. Infograma del proyecto de Ley General de Biodiversidad3.

En este contexto, es importante que cualquier iniciativa de ley sea consultada y discutida con aquellos que resultan afectados, más cuando se afectan sus derechos primordiales establecidos en nuestra Carta Magna. ¡Nos leemos en la próxima!

Para ver:

Fuentes consultadas

1 http://www.cemda.org.mx/ley-general-de-biodiversidad-analisis-del-proyecto.

2 Fuerte rechazo y críticas a la iniciativa de Ley General de Biodiversidad (http://www.jornada.unam.mx/2017/03/18/cam-fuerte.html).

3 75 ONGs abren una petición en Change.org para pedir una modificación de la Ley General de Biodiversidad ante inconsistencias (https://concentradonoticias.com/75-ongs-abren-una-peticion-en-change-org-para-pedir-una-modificacion-de-la-ley-general-de-biodiversidad-ante-inconsistencias).

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