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Estas son las medidas que aplicarán a partir de mañana en Jalisco

(Foto: Esther Armenta).

Por: Redacción.

Guadalajara, Jalisco. 19 de abril de 2020. (LF).- El gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, anunció este domingo que las medidas de aislamiento social serán obligatorias a partir de mañana lunes en toda la entidad.

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Aquí te las compartimos:

1-Toda persona que se encuentre en el territorio de Jalisco, ya será residente o esté de tránsito, debe cumplir obligatoriamente con el resguardo domiciliario corresponsable.

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2-El resguardo domiciliario corresponsable aplica, de manera estricta y sin excepción a toda persona mayor de 60 años, en estado de embarazo o puerperio inmediato o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardiaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), así como insuficiencia renal o hepática.

3-Se reitera la suspensión inmediata de las actividades definidas como no esenciales de conformidad a lo establecido en el acuerdo emitido por el Secretario de Salud del gobierno de la república, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020.

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4-En todos los lugares, recintos y establecimientos, públicos o privados, en los que se realicen actividades definidas como esenciales, se deberán adoptar en todo momento y de manera obligatoria, las prácticas de higiene y sana distancia.

5-queda prohibida la realización de eventos, reuniones o congregaciones de más de 50 personas, ya sean de carácter público, privado o social.

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6-Queda suspendida toda celebración relativa a fiestas patronales, festividades cívicas o comunitarias propias de cada región, municipio o localidad del estado de Jalisco, conforme a sus usos y costumbres.

7- Queda prohibido el uso de espacios públicos como unidades deportivas, plazas y jardines municipales, equipamiento cultural, centros barriales o comunitarios y demás análogos.

8-Es obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, como lo son la vía pública, los edificios o el transporte públicos; así como en aquellos establecimientos y/o giros que se dediquen a actividades esenciales.

9-Las autoridades municipales serán las responsables de verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria antes señaladas.

10- A quien incumpla con las medidas de seguridad sanitarias establecidas en el presente acuerdo le serán impuestas las sanciones establecidas en los artículos 417 y 427 de la Ley General de Salud, así como 345 y 356 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, referidas en el considerando 7.

11- Los establecimientos y/o giros que se dediquen a actividades esenciales que no cumplan con las obligaciones y medidas definidas en este acuerdo, deberán ser clausurados de inmediato, con independencia de las demás sanciones que le sean aplicables a juicio de la autoridad municipal competente.

Las anteriores medidas de seguridad sanitaria estarán vigentes hasta el día 17 de mayo de 2020, pudiendo ampliarse su vigencia en caso de ser necesario.

MV/ME

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