El Consejo General consideró que la omisión cometida por “El Bola” Capacete, al no aperturar las cuentas bancarias para el manejo de los recursos para la obtención de las firmas, es una falta de fondo que impide y obstaculiza la adecuada fiscalización del financiamiento, por ello fue multado.
Por: Carmen Aggi Cabrera
Autlán de Navarro, Jalisco. 03 de abril de 2021. (Letra Fría) El candidato independiente a la presidencia municipal de Autlán de Navarro, Sergio Rafael Capacete Moran, mejor conocido como “El Bola”, fue sancionado por el INE por omitir presentar los contratos de apertura correspondientes a las cuentas bancarias utilizadas para el manejo de los recursos para la obtención de apoyo ciudadano.
El Bola no pudo acreditar la razón del porqué no las pudo aperturar conforme la normativa establecida.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (NE) emitió la resolución INE/CG235/2021 en donde señala las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes a los cargos de diputaciones locales y presidencias municipales, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2020-2021, en el estado de Jalisco.
La omisión de Sergio Capacete es considerada una falta de carácter sustancial o de fondo, por lo que deberá pagar una multa equivalente a 24 (veinticuatro) Unidades de Medida y Actualización para el ejercicio 2020, misma que asciende a la cantidad de $2,085.12.
El Consejo General señala que “con la falta de claridad y suficiencia en las cuentas rendidas, así como los documentos y formatos establecidos como indispensables para garantizar la transparencia y precisión necesarias, se viola el mismo valor común y se afecta a la misma persona jurídica indeterminada (la sociedad), por ponerse en peligro el adecuado manejo de recursos provenientes del erario público, esto es, se impide y obstaculiza la adecuada fiscalización del financiamiento de los sujetos obligados”.
El documento de 390 páginas de la resolución lo puedes consultar aquí.
MA/MA
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