Por José de Jesús Guzmán Mora, Cronista de San Gabriel, Jalisco.
Autlán de Navarro, Jalisco, 28 de agosto de 2022. (Letra Fría). El archiduque austriaco Fernando Maximiliano José María de Habsburgo-Lorena, llegó a México con el título de “Maximiliano I”, y comenzó a gobernar desde el 12 de junio de 1864. El 2 de abril de 1865, para una mejor administración y gobernación dividió al país en 50 Departamentos que sustituyeron a las Entidades Federativas; con la mayor parte del Estado de Jalisco se formaron el Departamento de igual nombre, el de Nayarit y el de Autlán. El Departamento de Colima, además de su propio territorio, abarcaba una inmensa zona del sur jalisciense; se subdividía en 5 distritos: Colima, Manzanillo, Sayula, San Gabriel y Zapotlán (el Grande).
San Gabriel era la cabecera del 4° Distrito, que comprendía los actuales municipios de Tapalpa (con Chiquilistlán), Tolimán, Tonaya, Tuxcacuesco (con San Juan de Amula), Zapotitlán y naturalmente el de San Gabriel, ampliado con Apango y algunas rancherías. Su gobernante se denominaba Subprefecto Político, nombramiento que recayó en don Apolonio Pinzón, acaudalado comerciante originario de Tapalpa y avecindado en San Gabriel, Jalisco.
De ese tiempo es el siguiente informe, fechado el 14 de marzo de 1865, en el que se comunicaba sobre un censo de habitantes; estaba dirigido a la autoridad de Zapotlán por pertenecer entonces a esa Prefectura.
“Sub-Prefectura Política de San Gabriel”
“Cumpliendo con lo que Us(ted) ordena a esta Sub-Prefectura, con fecha 25 del p(róxim)o p(asad)o (febrero) para que le dé noticia del núm(er)o de habitantes que tenga esta municipalidad, paso a manifestar:
Que según los padrones que se mandaron practicar en junio del año p(róxim)o p(asad)o, cuenta esta Villa (en unión de los pueblos de Apango, Jiquilpan, Alista y las Haciendas y demás rancherías de que se compone esta Municipalidad), con el número de seis mil seis cientos cuarenta y tres habitantes de todos secsos y edades.
Y si fuere de necesidad que también se rinda la noticia de las municipalidades de Tonaya y Zapotitlán (que están subalternadas a esta cabecera), se (les) pedirá (informes) a los funcionarios de aquellas poblaciones.
Dios guarde a Us(ted) muchos años. San Gabriel, Marzo 14 de 1865.
Por ausencia del S(eñ)or Sub-Prefecto, El Presidente del Ayuntamiento.
Fran(cis)co Zepeda. (Firma y rúbrica).
Al S(eño)r Prefecto Político del Distrito. Zapotlán”.
Gobierno Eclesiástico. Don Manuel Echeverría y Castillo, Cura propio, llegó a la parroquia de San Gabriel en el año de 1856 y vivió aquí hasta su muerte, ocurrida el 13 de julio de 1871. Fue el impulsor del Juramento de las fiestas patronales el 24 de Febrero de 1865. La celebración continuó siendo hasta febrero de 1873, fecha en que se inició la tradicional fiesta del “tercer domingo de enero”. A él se debe la construcción de la Capilla del Refugio, lugar en donde fue sepultado años más tarde.
Haciendas de la municipalidad. Por ese tiempo, ya existían en San Gabriel las haciendas La Guadalupe, La Sauceda, Buenavista, Cuixtla, La Quinta, Hacienda (vieja) de San José, San Antonio, El Jazmín, Totolimispa, El Jardín, El Naranjo, Telcampana, San Andrés Jiquilpan y Buenavista. En ellas se producía caña de azúcar y sus derivados, como alcohol, panocha, azúcar; además se cultivaba maíz, frijol, frutas y legumbres; se criaba ganado.
Autoridades civiles. Durante el imperio de Maximiliano, en este pueblo, se desempeñaba como autoridad municipal don Francisco Zepeda González, durante los años 1865 y 1866.
En 1866 don Juan N. Barreto, era el Presidente por ministerio de ley; el 29 de marzo, hizo entrega oficial del nombramiento dado por el Emperador al señor Zepeda González. Para 1867 el Presidente era el señor Antonio Dávalos.
Petición de indígenas al emperador. El historiador gabrielense Lic. Gabriel Chávez Morett, localizó, cerca del año 2000, en el Archivo General de la Nación el siguiente documento obsequiándome copias fotostáticas. De dicho texto se deduce que…
Hacia el mes de septiembre, un grupo de indígenas de los pueblos de San Martín Copala, San Juan Jiquilpan, San Francisco Mazatlán y San Gabriel, emprendieron hacia la ciudad de México “… un viaje de cuarenta y ocho días, con todas las privaciones consiguientes a nuestra miseria, para ocurrir ante el trono…” de Maximiliano de Habsburgo, intentando obtener de él lo que las autoridades mexicanas les venían negando años atrás, es decir, la devolución de sus tierras, bajo el argumento de que estaban “… aplicadas al fundo legal de los pueblos”. El manuscrito se reproduce íntegramente de acuerdo con el orden de sus dos partes.
1ª Sección.
Esquina superior izquierda, membrete con una corona imperial y la leyenda “Prefectura Superior Política del Departamento de Colima”.
Al centro:
“Colima, Se(p)t(iembr)e 22 de 1865.
Los indígenas del pueblo de San Gabriel desean presentarse a Su Majestad el Emperador, para manifestarle los títulos primordiales de los terrenos que poseen desde tiempo inmemorial y que, según manifiestan, les han sido usurpados, en su mayor parte por algunos propietarios que, prevalidos del estado de confusión en que se encontraba el Ymperio a consecuencia de la pasada revolución, lo ejecutaban a mansalva sin que se les pusiera coto a sus arbitrariedades por las autoridades respectivas.
En tal virtud y plenamente satisfechos de que hoy no harán sus reclamaciones en vano, (pues conocen el perfecto estado que guarda en el Ymp[eri]o el respeto que merecen sus indisputables derechos), me tomo la libertad de recomendarlos a V[uestra] S[eñoría] a fin de que sean admitidos a la presencia de S[u] M[ajestad] y que, en vista de las razones que ellos expongan, se les imparta la protección y justicia que es inherente al instituto benéfico de la junta que dignamente preside.
Al mismo tiempo, creo de mi deber hacer presente a V[uestra] S[eñoría] que, estando estos indígenas en un estado absoluto de insolvencia, han adoptado de preferencia el medio que hoy ponen en ejecución a expensar los gastos de un dilatado juicio que los expondría tal vez a un fallo dudoso o desfavorable.
Dios guarde a V[uestra] S[eñoría] muchos años.
El Prefecto Superior, J. M. Mendoza. (Firma y rúbrica).
El S[ecreta]rio G[ene]ral, Miguel Zirez. (Firma y rúbrica).
(Al) S[eño]r Presidente de la Junta Protectora de las Clases Menesterosas”.
2ª Sección.
Esquina superior izquierda, un sello con la leyenda “Segunda clase. Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco. Medio Real. 5”.
Al centro:
“Mariano Rodríguez, en unión del vecindario del pueblo de S[an] Rafael de Amula,(sic) en el Departamento de Colima, ante V[uestra] M[ajestad] con el más profundo respeto decimos:
Que de los títulos originales que en diez fojas debidamente presentamos, aparecen las mercedes y posesión de terrenos, que por razón de pueblo se concedieron al nuestro desde tiempos muy remotos, de los cuales ha disfrutado, quieta y pacíficamente, por cerca de tres siglos, hasta la época en que, iniciada nuestra yndependencia de la Península, se vieron obligados los habitantes de este mismo pueblo a abandonarlo por las crueldades y persecuciones de las fuerzas del gobierno reinante entonces, y a buscar asilo en algunas otras poblaciones que aún no habían sufrido semejantes desastres.
Una parte considerable de nuestra población se refugió en el pueblo de S[an] Juan Jiquilpa[n], su colindante, que les cedió un corto terreno para edificar una capilla en donde colocar al S[eñ]or de Amula, Ymagen de Jesucristo conocida con esta advocación.
Diseminada la otra parte del pueblo por las persecuciones que sufría y dominados todos por una superstición (inspirada acaso maliciosamente por algunos que, anciosos de hacerse dueños de los terrenos del pueblo abandonado, fomentaban sin cesar), el vecindario no pensaba ya en volver a sus hogares sino con temor.
Aprovechando estas circunstancias favorables, D. Benito Gil (vecino entonces, según hemos oído decir, de Zapotlán) se apoderó de todos los terrenos que pertenecían al pueblo y aún de todas las casas avandonadas por sus dueños, disfrutando de todo como de cosa propia.
Este s[eñ]or, después de haberlos poseído por cerca de veinte años (no con la posesión legal, sino como un verdadero detentador), cedió o tal vez vendió estos terrenos que no eran suyos a D. José María Manzano, propietario que se denomina de la Hacienda d[e] El Jazmín, formada con esos mismo terrenos y los demás que ha usurpado a los pueblos colindantes que son Jiquilpan, S[an] Martín Copala, Zapotitlán y Mazatlán.
Creemos, Soberano Señor, que ese abandono involuntario de nuestros hogares y por causas tan justas, no puede ceder en daño de los antiguos habitantes que aún existen, ni de nosotros sus sucesores que nos hemos multiplicado considerablemente, sin tener ya un sitio dónde edificar nuestras chosas, ni aún una cueva donde refugiarnos.
En tan angustiosas circunstancias ocurrimos llenos de confianza a V[uestra] M[ajestad] a implorar el remedio de los males que nos afligen, pidiendo a V[uestra] Soberanía se digne obligar al S[eñ]or Manzano a que exhiba los títulos con que posee y a devolvernos los terrenos que ha adquirido de quien no era su dueño ni poseía legalmente.
Creemos también, Señor, que para hacer valer nuestros derechos vastarían los títulos que hemos presentado, sin necesidad de alegatos de derecho, ni citas de leyes que no conocemos. Sin embargo citaremos, aunque con la timides del hombre poco versado en los negocios del foro, la Cédula expedida por el Rey de España en el año de 1570, mandada observar repetidas veces y en distintas épocas por sus sucesores en el trono.
En ella se previene que, cuando los habitantes de un pueblo emigran a otro punto obligadospor las epidemias, por las congregaciones u otras causas semejantes, no pierden sus derechos a los terrenos mercedados ni su posesión, seacual fuere el tiempo que transcurriera y que ninguna persona decualquier calidad o condición pueda adquirirlos, bajo la pena de perderlos aunque los haya adquirido por compra, donación u otro título justo bastante en los casos comunes para adquirir el domino; y manda que los terrenos de pueblos de Yndios que así se poseyeren, a la vuelta de éstos puedan recobrarlos despojando a los que los tuvieron.
Esta gracia que los monarcas españoles concedieron a la raza Yndígena a que pertenecemos, está fundada no solo en la equidad y la justicia, sino también en una razón filosófica para la conservación y aumento de las poblaciones; idea que acaso convendría adoptar ahora para el restablecimiento de todas las poblaciones antiguas y modernas.
Por lo espuesto, humilde y respetuosamente pedimos a V[uestra] M[ajestad] se digne decretar:
1°. Que los habitantes o común del pueblo de S[an] Rafael de Amula (sic) no han perdido la posesión de los terrenos mercedados por haberse ausentado de él, atendidas las causas que los obligaron;
2°. Que D. José María Manzano no ha adquirido dominio de dichos terrenos, ya p[o]r falta de capacidad por parte de D. Benito Gil para transmitirlo, o ya porque, siendo esta clase de bienes de la propiedad de la nación (en quien reside el dominio y señorío), no puede adquirirse sino por la voluntad del Soberano; y
3°. Que previa citación de los pueblos y haciendas colindantes, se proceda a un apeo y deslinde y se nos ponga nuevamente en posesión de todos los terrenos que, en virtud de nuestros títulos, pertenecen a nuestro referido pueblo. Por tanto,
A V[uestra] M[ajestad] suplicamos se digne acceder a nuestra justa solicitud. México, octubre 28 de 1865.
Rafael Rodríguez”. (Una cruz).
Observaciones al documento. De la primera sección no hay duda de que es válida y legal. De la segunda, surgen dudas respecto de las afirmaciones, ya que el presentador fue un indígena Mariano Rodríguez; pero quien al final firma es otro de nombre Rafael Rodríguez. Al pueblo lo nombra, dos veces, como “San Rafael de Amula”.
Se dice que, “iniciada nuestra Yndependencia de la Península, se vieron obligados los habitantes de este pueblo a abandonarlo por las crueldades y persecuciones de las fuerzas del Gobierno reinante entonces”.
Difícil de admitir como auténtico, porque el gobierno “realista” no hostigaba al pueblo, sino a los grupos “insurgentes” que causaban la rebelión contra los opresores; y fueron los insurgentes dirigidos por don Gordiano Guzmán, quienes una vez asaltaron y calcinaron parte del Archivo Parroquial de San Gabriel, en 1812. Difícil de aceptar como verídico porque San Gabriel nunca fue abandonado “por cerca de veinte años”, ya que… en 1814 fue erigida la Parroquia y en 1820 se creó el Municipio instalándose el Primer Ayuntamiento. Esto no habría sido posible si la cabecera, San Gabriel, hubiera estado deshabitada. Igualmente no es posible que abandonado el pueblo se hayan llevado a cabo tantas operaciones de protocolos, testamentos y concesión de poderes ante la presencia del subdelegado don Juan José Vizcaíno y también porque no se habrían llevado a cabo entre 1812 y 1824:
- Quinientos matrimonios “en la Yglesia Parroquial de San Gabriel”.
- Cerca de 1,200 defunciones, y los respectivos cadáveres no se habrían inhumado “en [el Campo Santo de] la Yglecia Parroq[uia]l”.
- No se habrían administrado más de 2,000 bautismos.
- No existiría el Archivo Parroquial que aún se conserva desde 1803.
El verdadero usurpador, no fue don Benito Gil, sino que, desde el siglo XVIII, el dueño de la antigua “Hazienda de San Gabriel”, don Mathías de Villalvazo, fue quien se apoderó del extensísimo “Potrero de San Diego” que comprendía la zona norponiente del actual pueblo, desde las actuales calles Alarcón y Ocampo y se extendía hasta las tierras de Buenavista. De esta usurpación, defendiendo a “La Guadalupe” fueron constantes las denuncias hechas por el Ayuntamiento y por los indígenas en 1825, en 1827 y en 1849.
Distinción imperial para San Gabriel. “En la Villa de San Gabriel, cabecera del 4° Distrito Ymperial del Excelentísimo Gobierno del Departamento de Colima, reunidos en sesión extraordinaria el día veintinueve de marzo del año de mil ochocientos sesenta y seis, los señores Juan Nepomuceno Barreto, Primitivo Michel, Ygnacio Sedano, Luis Morán y J. Lorenzo Montenegro, bajo la presidencia del mencionado Barreto nombrado para este objeto, se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior y enseguida el Secretario dio cuenta con una comunicación oficial del Señor Apolonio Pinzón, Su[b]prefecto de este Distrito, en que participa a este Ayuntamiento:
Que S[u] Majestad, el Emperador Fernando Maximiliano de Austria en Méjico, nombró alcalde municipal de este (pueblo) al señor Francisco Zepeda, y además, comandante militar del partido de este Departamento y del Municipio de Tapalpa y Chiquilistlán que forman el Distrito, para que, conforme a la Ley, se ponga en posesión del cargo y mando.
Acto continuo, hallándose presente el señor Zepeda, presentó el nombramiento e instrucciones externas y reservadas; enseguida, el señor Presidente le interrogó en la forma siguiente:
“¿Aceptáis los nombramientos y empleos que s[u] m[ajestad el] emperador, por conducto del Ex[celentísi]mo Señor Gobernador de Colima y el Superior de esta zona, se sirvió conferiros, con los deberes y atribuciones que le corresponden?”. Y el expresado señor Zepeda, de pie, contestó: “Acepto de buena voluntad, agrado y obediencia cumplir escrupulosamente con mi cometido”.
El señor Presidente dijo: “Queda U[ste]d, en nombre de la ley, en plena posesión de sus cargos y responsable desde ahora para su fiel y exacto desempeño [procurando no defraudar] la confianza que en u[ste]d[h]a puesto el Supremo Gobierno de su Majestad”. Y terminado el Acto, firmaron los vocales y demás, levantándose la sesión.
El vocal Secretario. Doy fe”.
En este tiempo don Francisco Zepeda, originario de Sayula y esposo de la gabrielense María Dolores Villa, habitaba con su familia la casa de su propiedad situada “al poniente de esta población, por la calle nueva”, que desembocaba donde se construiría el Santuario, casa que fue hasta hace poco, de don Juan Paz Vizcaíno y su familia.
Rechazo al intruso y a los traidores. La pugna continuaba entre el bando imperialista y el gobierno republicano encabezado por Juárez; pero el pueblo mexicano, fiel a sus principios de autonomía y herido por la traición de algunos compatriotas, tenía fe y esperaba deseoso que el sacrificio de tantas vidas se convirtiera en triunfo sobre las fuerzas invasoras, que poco a poco perdiera terreno. El Presidente Juárez no estaba solo; lo apoyaba el pueblo. Los gabrielenses no se quedaron callados y enviaron al gobierno legítimo del Estado, un acta suscrita, cuya conclusión hizo pública el órgano oficial “El País”, de Guadalajara, en su edición del 22 de enero de 1867:
“1°. Que contra nuestra voluntad y la de la mayor parte de México, hemos sufrido el yugo impuesto por la ambición extranjera.
2°. (Protestamos) no reconocer más forma de Gobierno de Méjico que el republicano, y no acatar más leyes que la Constitución de 1857 y sus concordantes, mientras éstas no sean derogadas o reformadas por autoridad competente según la misma Constitución.
3°. (Asimismo protestamos) no reconocer más jefe (sic) de la nación mejicana que a su esclarecido Presidente C. Benito Juárez”.
Según el periódico la protesta estaba firmada por cincuenta y tres personas, de quienes omitió los nombres. De los demás pueblos de la jurisdicción, solamente Apulco y Tuxcacuesco, respondieron al llamado que se les hizo; sus protestas se conocieron cuatro días después. A principios de mayo del mismo año, el triunfo de la República sobre el Imperio era inminente. Maximiliano y sus cómplices, aferrados a la defensa y detentación del máximo sitial gubernativo, infructuosamente se cobijaron en Querétaro, porque las fuerzas constitucionalistas formaron un cerco con el que anularon todo intento de escapatoria para los sitiados.
En la mayoría de las ciudades y pueblos que habían sufrido la presencia de régimen tan extraño y hostil, los Ayuntamientos se recuperaron para el legítimo gobierno, excluyendo de toda función oficial a los traidores. Uno de esos lugares fue San Gabriel, al frente del cual, como Director Político del Departamento de igual nombre y a la vez Presidente Municipal, estuvo don Antonio Dávalos. El acta siguiente corresponde a la sesión celebrada por el Cabildo un día antes de la toma de Querétaro.
“En la Villa de San Gabriel, Cabecera del 2° departamento del 9° Cantón del Estado de Jalisco, a las diez de la mañana del día catorce de mayo de mil ochocientos sesenta y siete, reunidos en el salón capitular en sesión extraordinaria los ciudadanos munícipes Comandante Domingo Sedano, Ygnacio V. Sedano, doctor Antonio E. Naredo, Rafael Aguilar y Zenón Munguía, bajo la presidencia del ciudadano Director Político Antonio Dávalos, se dio lectura al acta de la sesión anterior y aprobada por unanimidad, se dio cuenta con lo siguiente:
Una circular de fecha veintinueve de enero último, girada por el Supremo Gobierno del Estado en que previene lo que sigue:
“No se dé colocación, por motivo alguno, a individuos que con sueldo o sin él hallan servido al gobierno del emperador FernandoMaximiliano de Austria en Méjico, en el orden civil, municipal o militar y, en general, a aquéllos que directamente o indirecta hayan auxiliado a la causa de la intervención francesa, mientras que por el Supremo Gobierno de la Unión no se dicte una disposición en contrario sentido, debiendo cesar, por ahora, toda tolerancia en este respecto según dicha circular”. Y no habiendo otro negocio sobre qué deliberar, se levantó la sesión.
Antonio Dávalos, Domingo Sedano, Ygnacio V. Sedano, AntonioE. Naredo, Rafael Aguilar, Zenón Munguía.
Francisco Ramos, Secretario”.
Muy poco debió durar la sanción de que se habla, porque la disposición pronto se anuló o porque no había una razón de peso. Por ejemplo, el ex Presidente y ex Comandante Militar, don Francisco Zepeda, en enero de 1869, sería nombrado Comisario del 7° Cuartel municipal “… que comprende la ranchería de Las Tortugas y la hacienda de Telcampana”. Quien luciera el título de “Subprefecto”, don Apolonio Pinzón, volvería como Regidor suplente en 1870 y 1876.
El “imperio” al fin se derrumbó al ser fusilado Maximiliano, en el Cerro de las Campanas, el 19 de junio de 1867.
Referencias:
- ARCHIVO Parroquial de San Gabriel, Jalisco.
- ARCHIVO Histórico Municipal de San Gabriel, Jalisco.
- ARCHIVO General de la Nación, Junta Protectora de las Clases Menesterosas.
- GUZMÁN Mora José de Jesús, Templos y Capillas de San Gabriel, edición independiente, Guadalajara, 2005.
- GUZMÁN Mora José de Jesús, Las Haciendas de San Gabriel. Trabajo inédito en proceso, 2011.
- PERIÓDICO “El País”, Guadalajara, 22 de enero de 1867.
- TRUJILLO G. Enrique, Apuntes para un ensayo histórico sobre la antigua ciudad de San Gabriel, Editorial Kerigma, Guadalajara, 1976.
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