¿Qué información debe contener un informe nacional sobre el número de personas desaparecidas en México?

Monumento a los Niños Héroes, Guadalajara (Foto: ZonaDocs).

Por: Dalia Souza | ZonaDocs

Guadalajara, Jalisco. 13 de enero de 2020. (Letra Fría) El pasado 6 de enero,  el Gobierno Federal presentó en rueda de prensa el “Informe de Fosas Clandestinas y del Registro Nacional de Personas Desaparecidas No Localizadas”; según afirmaron el Sub Secretario de Gobierno, Alejandro Encinas junto con la Comisionada Nacional de Búsqueda, Karla Quintana, éste incorpora registros históricos sobre desaparición de personas desde el año 1964 y de manera puntual, hace una revisión sobre las cifras de los primeros 13 meses de la administración de Andrés Manuel López Obrador.

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No obstante, Data Cívica, organización civil que centra sus esfuerzos en el escrutinio de la información pública y los datos como “una herramienta para la defensa de los derechos humanos”, denunció a través de sus redes sociales que, si bien la autoridad dio a conocer nuevas cifras, no se hizo pública ni la metodología utilizada, ni los micro-datos y/o los datos desagregados que permitieron llegar a este conteo presuntamente actualizado.

En entrevista, Oscar Elton, integrante de Data Cívica, platicó con nosotros sobre los elementos y las formas en las que, estas cifras, tuvieron que haber sido presentadas para garantizar un verdadero ejercicio de transparencia y compromiso con la verdad hacia la sociedad y las víctimas de la violencia en México.

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En ésta, nos habla sobre las responsabilidades del Estado Mexicano y los gobiernos estatales para cumplir con las disposiciones de la Ley General de Desaparición, la cual demanda la publicación de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, lo anterior a dos años de su inexistencia. Así también, respecto a la situación o el estatus que mantendrán los reportes de personas desaparecidas de la nueva plataforma de denuncia de la Comisión Nacional de Búsqueda dentro de la estadística presentada y en el Registro Nacional.

El transitorio séptimo de la Ley General de Desaparición, establece que “dentro de los ciento ochenta días siguientes a la emisión de los lineamientos previstos en el artículo transitorio anterior (sobre las atribuciones del Sistema Nacional de Búsqueda y de la certificación de los servidores públicos de la Comisión Nacional de Búsqueda), la Comisión Nacional de Búsqueda deberá contar con la infraestructura tecnológica necesaria y comenzar a operar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas”.

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De la misma forma, establece que, los estados tendrán la obligación de poner en marcha sus registros dentro de los noventa días siguientes al inicio de operaciones del Registro Nacional. Sin embargo, el próximo 30 de abril se cumplirán dos años sin un Registro Nacional único que contenga información y datos reales que permitan dimensionar la magnitud numérica de la tragedia de las desapariciones en México; así lo denunció en entrevista Oscar Eltón, integrante de la organización Data Cívica:

“Obviamente celebramos que hayan salido a dar esta información, sin embargo, si van a dar un informe y entendemos que en una conferencia de prensa el tiempo es reducido y vas a dar cifras agregadas, debería ir acompañado de los micro-datos de donde se están obteniendo estos datos que ellos presentaron. No sólo como un principio básico de replicabilidad, sino porque en la Ley General de Desaparición que se aprobó hace más de dos años, se le puso fin al registro que existía y que se actualizaba cada tres meses y que era el RNPED. Si llegamos a abril de este año y no han publicado todavía el registro, se van a cumplir dos años de que no tenemos un registro oficial de acceso público que podamos ver, descargar y utilizar toda aquella información sobre las personas desaparecidas en el país”.

Si bien, la organización celebra la presentación de dichas “cifras actualizadas” sobre el número de personas desaparecidas, reconocen que lo dado a conocer el pasado lunes 6 de enero por el sub Secretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas y la Comisionada Nacional de Búsqueda, Karla Quintana, carecen de elementos metodológicos que favorezcan el ejercicio público de escrutinio de los datos y transparencia.

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De esta manera, advierte Elton de Data Cívica:

 “lo que están haciendo es darnos las cifras agregadas pero no nos están permitiendo ver la fuente original de donde están sacando estos datos. Básicamente, si nos dicen “hay 61 mil desaparecidos” y sólo nos entregan una presentación de Power Point con los datos agregados, lo que nos están haciendo es obligarnos a creerles como un acto de fe, confiando en que la autoridad nos está diciendo la verdad”.

Desde el análisis de esta organización de la sociedad civil sin fines de lucro, centrada en el escrutinio y revisión de los datos e información pública desde una perspectiva de derechos humanos, aunque las cifras totales dadas a conocer por Alejandro Encinas y Karla Quintana, “nos ayudan a dimensionar de alguna forma muy general la problemática, no están cumpliendo con la publicación de un registro como tal”; el cual, tendría que nombrar a cada uno y una de las y los desaparecidos de este país, puesto qué ¿cómo saber a quién se está buscando, quién se encuentra desaparecido?, señala Oscar Elton:

“Un registro, que es lo que nosotros estamos esperando que publiquen, para que la ciudadanía pueda consultarlo. Es digámoslo así, una lista donde cada renglón de esta lista es una persona desaparecida y que se nos den las características de estas personas, edades, sexo, en los registros anteriores incluso podíamos saber la ocupación, el estado civil, entre otras cosas”.

(Foto: ZonaDocs)

¿Qué tendrían que presentar el Gobierno Federal?

A decir de Data Cívica, tampoco “se está cumpliendo a cabalidad con la transparencia” puesto que, lo presentado el lunes 6 de enero, no es un registro público, como lo mandata la Ley General de Desaparición, que permita a la sociedad civil y a las familias de las víctimas acceder a esta información y consultar “quiénes son los que no están”, e, incluso, auditar a las autoridades para que lleven correctamente dicho registro. De “alguna forma” insiste Oscar Elton, al no publicar esta base de datos “se entorpecen también las labores de búsqueda” de las y los desaparecidos.

Por lo anterior, señala Oscar:

“lo mínimo que se espera desde Data Cívica es que se publique una lista de quiénes son nuestros desaparecidos. Lo ideal sería que esta lista contara con el nombre de las personas porque finalmente son personas que están desaparecidas y necesitamos conocer quiénes son para poder buscarlos. A veces las autoridades argumentan que no se publican sus nombres por cuestiones de datos personales, pero en este sentido, como se trata de violaciones a derechos humanos, es un principio que no aplica en estricto sentido, porque cómo vamos a buscar a alguien que no sabemos quién es”.

Dicha lista debe contener información que enuncie a las y los desaparecidos y permita con ello, a autoridades, sociedad civil y organizaciones de familiares, realizar análisis de contextos e identificar patrones que consigan prevenir el delito. Entre algunos elementos se encuentran:

  • El nombre de la personas desaparecida
  • Fecha, lugar e incluso hora de la desaparición
  • Fecha de denuncia
  • Características físicas: estatura, peso, complexión, color de ojos, pelo, etc.
  • Señas Particulares
  • Datos generales de la persona: ocupación, estado civil, nacionalidad.

Desde la experiencia, advierte Oscar Elton, con estos datos desde la organización han conseguido realizar análisis que les han permitido identificar, por ejemplo, patrones específicos sobre quiénes están siendo desaparecidos en el país.

“Además de eso, entre más información que se proporcione de la persona, muchos más análisis pueden hacerse… lo mencionamos porque nosotros en Data Cívica hicimos análisis que pueden darte pista sobre si hay algún patrón específico para saber quiénes están desapareciendo en el país”.

(Foto: ZonaDocs)

Sobre la responsabilidad de los gobiernos y fiscalías estatales

De acuerdo con los datos presentados por la Comisionada Nacional de Búsqueda, Karla Quintana, sólo 13 fiscalías y procuradurías han entregado un informe actualizado sobre las cifras de personas desaparecidas en su entidad; ocho están en proceso de actualizar sus bases de datos; y 12 permanecen omisas a la entrega de esta información.

“Cualquier caso que sucede inicia con una denuncia ante la fiscalía estatal”, manifiesta Oscar, por ello, resulta vital, conocer cuál es la  metodología que ambas entidades, estatales y federales, están llevando a cabo para documentar, registrar y analizar la información sobre este delito.

En ese sentido, aunque no conocen específicamente por qué estas fiscalías y procuradurías no han entregado sus informes y/o cuáles son las deficiencias que presentan sus softwares o bases de datos, consideran que será necesario que los gobiernos estatales y el federal establezcan vías de cooperación que permitan desarrollar estándares mínimos para la clasificación de la información que finalmente devenga en un Registro Público Único. Incluso, manifiesta Oscar, la reducción de “errores humanos” intencionados.

“Pueden ser errores de un sistema operativo o en caso de que alguien decida no reportar ciertos casos. Al aclararnos qué es lo que nos están presentando podríamos llegar a entender por qué y cómo están capturando los datos y podríamos saber las razones del incremento o disminución de la incidencia del delito”.

¿Qué pasará con la nueva plataforma para el reporte de casos de desaparición?

Entre las preocupaciones de Data Cívica, se encuentran los casos de desaparición de personas que no cuenten con una denuncia oficial o carpeta de investigación. Y es que, aunque la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, presentó a finales del año pasado la nueva plataforma para el reporte de personas desaparecidas y no localizadas, que, aseguró, busca “detonar acciones de búsqueda de forma inmediata”, se desconoce en dónde serán contabilizadas estas víctimas:

“¿Qué va a pasar con los casos que no tengan una carpeta de investigación si es lo que ahora están contando carpetas de investigación?, ya que hace un mes publicaron su plataforma donde dijeron que las personas iban a poder denunciar sin tener una denuncia formal ante la autoridad”

Las dudas para esta organización son: ¿qué va a pasar estos casos?, ¿cómo es que se van a integrar al Registro Nacional? y ¿cómo son compatibles estos casos que no tienen una denuncia con el Registro y las cifras presentadas el pasado  lunes 6 de enero?

Finalmente, aseguró Oscar, el llamado a la autoridad es a que:

“cumplan con lo que viene en la Ley y que es tener un registro público de personas desaparecidas y de fosas clandestinas, un registro que nombre a las víctimas y junto con estos registros debemos conocer cuál es la metodología exacta cómo entran y cómo salen los registros”, concluyó.

(Foto: ZonaDocs)

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