Sedatu da posesión parcial al ejido San Isidro; restan 160 hectáreas 

Debido a los errores de la Sedatu, el Ejido San Isidro recibió en el papel, la posesión jurídica de sus 280 hectáreas, pero físicamente sólo tiene 120. La empresa Amway- Nutrilite de manera “ventajosa” aprovechó el tiempo que le dio la Sedatu y sembró las 160 hectáreas restantes para retardar la entrega a los ejidatarios; hasta en seis meses la transnacional deberá desalojar y dar esas tierras a sus legítimos dueños.

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Por: Carmen Aggi Cabrera

San Isidro, Jalisco. 16 de julio de 2022. (Letra Fría) En teoría el gobierno federal a través de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano (SEDATU) entregaría la posesión jurídica y material de 280 hectáreas del predio El Petacal a sus legítimos propietarios, el ejido San Isidro, pero “ventajosamente”, la empresa Amway-Nutilite sembró en 160 y eso, quedó pendiente.

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La posesión física y material fue parcial. Los ejidatarios sólo recibieron físicamente 120 hectáreas. 

Amway-Nutrilite se amparó en el artículo 302 de la Ley Federal de la Reforma Agraria (que fue derogada por la nueva Ley Agraria de 1992, pero es aplicable al caso), y sembró 160 hectáreas para no entregarle las tierras a los dueños legales y ganar tiempo para interponer recursos jurídicos y pelearlas.

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Según testimonios de pobladores, la empresa contrató maquinaria en municipios de la región y pagó a trabajadores para que durante todo el miércoles y madrugada del jueves, sembraran y tiraran semilla de garbanzo de manera acelerada en la mayor cantidad de hectáreas posible: 

“(como parte de los trabajos) se caminaron las áreas que estaban ocupadas por cultivos. Caminando nos encontramos con una sorpresa, que el día de ayer (miércoles) nos sembraron. Estos a la malagueña vinieron y nos tiraron semillas, están recientes, y pues se recorta como quien dice la superficie de hectáreas que nos iban a entregar”, explicó a Letra Fría Raúl de la Cruz, presidente del Comisariado Ejidal. 

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Don Javier Enciso Estrada, ejidatario que  acompañó a la brigada a los trabajos en campo, asegura que el garbanzo no fue sembrado correctamente, “lo tiraron, no está tapado nada, está por encima, se miran puras bolas ahí, pero nada está tapado y no pienso que lo vayan a regar porque no tiene surco, no tiene nada. El garbanzo, que yo sepa, siempre va surcado”. 

Sedatu le regaló tiempo a Nutrilite 

En la imagen, uno de los abogados de la empresa Nutrilite, minutos antes de comenzar los trabajos de apeo y deslinde. (Foto: Vianney Martínez Pérez)

La Sedatu hizo un acuerdo el viernes 1 de julio con el ejido de San Isidro: notificar de inmediato y darle 24 horas a la empresa Amway-Nutrilite S.R.L. de C.V., para que demostrara la propiedad legal o no, de las 280 hectáreas en San Gabriel, Jalisco.

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Sin embargo, falló al primer acuerdo pues extendió el plazo a 72 horas y les dio a ganar tiempo. El término legal para la empresa venció el miércoles seis de julio a las 11:59 de la noche, pero la Sedatu no entregó la posesión de las tierras el jueves, como lo había prometido; se demoró ocho días más, tiempo que la  transnacional aprovechó. 

Amway- Nutrilite no solo usó ese tiempo para sembrar tierras, también interpuso un juicio de amparo el martes doce de julio, para evitar que la autoridad federal entregara la posesión de las tierras a sus legítimos dueños, pero fue desechado por la autoridad competente. 

El asesor jurídico contratado para esta ejecución, Carlos González García, señaló que la empresa aprovechó los errores cometidos por la SEDATU el 30 de junio y tuvo tiempo para planear esta siembra: “Esto sí es importante señalar porque se debió a la defectuosa ejecución que se realizó el 30 de junio. Fue un aviso a los poseedores y propietarios afectados para que hicieran este movimiento. Sin embargo, el ejido está contento porque recibe esta superficie en su totalidad como posesión jurídica y más de 120 hectáreas como posesión material y se otorga un plazo de seis meses a la empresa Nutrilite para que recoja sus cosechas en las restantes superficies y el ejido pueda acceder a la posesión plena de todo el polígono”, respondió.

La lucha aún no termina 

Los hombres y mujeres que recibieron las 120 hectáreas deberán mantener la lucha hasta recuperar la posesión física y material de las 160 hectáreas restantes que tiene sembradas Nutrilite. (Foto: Vianney Martínez Pérez)

Aunque este jueves pareciera ser el fin de la lucha que el Ejido San Isidro ha sostenido durante 83 años, no lo es. 

A más tardar el 14 de enero de 2023, la transnacional deberá desalojar y dar las tierras a sus legítimos dueños y será en ese momento cuando el ejido tendrá físicamente y no solo en papel, la totalidad de sus tierras que debieron recibir en 1939.

Para concluir este procedimiento, la SEDATU debe elaborar el Plano Definitivo del ejido. Se trata de un documento que incluye las dos fracciones del territorio ejidal, lo que era de la Hacienda San Isidro y la Hacienda El Petacal, que suman, en total, 536 hectáreas.

Después de que la SEDATU elabore el Plano Definitivo, la autoridad federal debe emitir la Carpeta Básica del ejido, que incluye tres documentos: la Resolución Presidencial emitida por Lázaro Cárdenas del Río el 23 de agosto de 1939 que concedió por concepto de dotación de ejido al poblado San Isidro, una superficie total de 536 hectáreas; el Plano Definitivo y el Acta de Posesión y Deslinde, ésta última, elaborada y firmada el 14 de julio del año 2022.

Lo que los ejidatarios deben vigilar es que la SEDATU agilice la emisión del Plano Definitivo y entregue la Carpeta Básica para que el asunto no caiga, otra vez, en rezago. 

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¿Qué es apeo o deslinde? 

La acción de apeo o deslinde es una figura contemplada en el Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) que tiene lugar cuando los límites que separan un predio de otro u otros no se han fijado, o bien, cuando habiéndose fijado, existe un motivo fundado para creer que estos no son exactos, ya sea porque naturalmente se confundieron, porque se destruyeron las señales que los marcaban, o porque se colocaron en un lugar distinto al original. 

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¿Qué es una Resolución Presidencial en materia agraria? 

Son aquellas resoluciones tomadas por el presidente de la República en su calidad de autoridad máxima agraria que le reconoce la Constitución, por escrito y publicadas en el Diario Oficial, con motivo de la tramitación de un expediente agrario. Tienen el carácter de ser definitivas y de no poder ser modificadas, salvo por el órgano de control de la constitucionalidad. 

Edición: Jade Ramírez

Queda prohibida la reproducción total o parcial. El contenido es propiedad de Letra Fría.

Carmen Aggi Cabrera es una periodista mexicana radicada en Autlán de Navarro, Jalisco. Cubre principalmente temas de corrupción, política y derechos humanos.

Es cofundadora de Letra Fría en donde se desempeña como CEO (Directora Ejecutiva).

Letra Fría es un medio nativo digital que hace periodismo hiperlocal, tiene sede en Autlán de Navarro, Jalisco. Forma parte de Macollo, la Red de Medios Independientes de Jalisco; y de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie.

Es Licenciada en Derecho por el Centro Universitario de la Costa Sur, de la Benemérita Universidad de Guadalajara. Egresada (no titulada) de la Maestría en Periodismo Digital del Sistema de Universidad Virtual (SUV) de la UDG.

Tiene 17 años de experiencia en medios de comunicación. Ha publicado en medios locales, estatales y nacionales. Es miembro activo de Frontline Freelance México, organización de periodistas independientes de México.

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