Busca Jalisco aprobar eutanasia y muerte asistida

El Congreso de Jalisco prepara la aprobación de la Ley de Eutanasia y Muerte Asistida del Estado. Los diputados Mara Robles Villaseñor y Enrique Velázquez González, ambos del partido Hagamos, fueron quienes presentaron la iniciativa la semana pasada.

Foto: Especial

Por: Marcelo Ramírez Herrera | Decisiones.- El Congreso de Jalisco prepara la aprobación de la Ley de Eutanasia y Muerte Asistida del Estado.

Los diputados Mara Robles Villaseñor y Enrique Velázquez González, ambos del partido Hagamos, fueron quienes presentaron la iniciativa este 10 de julio.

También la iniciativa busca reformar los artículos 213 y 224 del Código Penal de Jalisco, de acuerdo con el documento.

La eutanasia se distingue por ser el profesional de la ciencia médica quien mediante fármacos pone fin a la vida del paciente; en la muerte asistida es el paciente quien se administra los fármacos necesarios para inducir a su propia muerte.

Cambios a la ley

Pretenden modificar dos artículos: el 213 y el 224. En el caso del primero quieren agregar: “No se considera homicidio la práctica eutanásica en los términos de la ley en la materia”.

Al segundo le adicionarían: “Se impondrán de tres a 10 años de prisión a quien sin ser personal médico responsable en los términos de la ley en materia de eutanasia y muerte asistida instigue”.

¿Cómo se pretenden realizar la eutanasia y la muerte asistida?

Para acceder a la eutanasia o a la muerte asistida, será necesario ser mexicano, mayor de edad y con domicilio en Jalisco. Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, certificada por el médico responsable.

La persona deberá estar en pleno uso de sus facultades mentales al momento de solicitar al médico responsable la terminación de su vida mediante la práctica de la eutanasia o de la muerte asistida. De igual modo deberá entregar una solicitud por escrito con su firma y la fecha.

“Cuando no fuera posible fechar y firmar el documento, podrá el solicitante hacer uso de otros medios que le permitan dejar constancia, o bien otra persona mayor de edad y plenamente capaz podrá fecharlo y firmarlo a su ruego y en su presencia”, se menciona en la propuesta de ley.

Además, la solicitud deberá firmarse en presencia de un profesional de la salud, quien también lo rubricará. Si no es el médico responsable, se lo entregará a este. El escrito se incorporará a la historia clínica del paciente.

 Conoce el documento completo ↓

Iniciativa Eutanasia Jalisco by Decisiones MX

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